domingo, 25 de noviembre de 2012

Julio, soldado de pelo en pecho

San Julio el Veterano, Mártir en Durostorum
27 de mayo
La imagen que encabeza este artículo es una representación de Julio, veterano legionario romano martirizado por su fe cristiana hacia 302 d C. Como todos los iconos, es una imagen idealizada de Julio luego de recibir la corona de martirio. Es muy venerado por la Iglesia Ortodoxa rumana, cuya fiesta celebra el 27 de mayo. Este veterano, que se ve tan joven, sirvió por 27 años y, ya retirado, fue llevado ante la audiencia, que presidía Máximo, como juez. Sería, entonces, un anciano de unos 50 años de edad. Fue juzgado y sentenciado en Durostorum, Mesia Inferior, sitio con fuerte presencia militar romana.

Diocleciano, emperador
244 - 311
Encontré su historia en el  libro Actas de los mártires (BAC, Madrid, 2003), texto bilingüe con estudio preliminar y comentarios de Daniel Ruiz Bueno. Hagiografía aparte, la historia del juicio y sentencia contra Julio nos presenta a dos actitudes diferentes ante la vida: un ciudadano que se enfrenta solo ante un Estado autocrático, poderoso y abusivo, y un funcionario que actúa más como burócrata que como juez, dispuesto siempre a cumplir una cuota, aunque sólo sea formalmente. El interrogatorio al que se sometió a este plebeyo es reiterativo; Máximo propone a Julio que cumpla con la formalidad legal y regrese tranquilo a su casa, y Julio le exige que cumpla con su deber.
Del acta de Julio extraigo:

Presidente:  Quid dicis Iuli? Vera sunt haec quae dicuntur de te?
¿Qué dices, Julio? ¿Es verdad lo que de ti me informan?

Julio: Ita, Christianus enim sum; non nego me aliud esse quam sum
Así es, puesto que soy cristiano y no puedo negar que soy lo que soy.

P: Numquid ignoras praecepta regum, qui iubent immolare diis?
¿Es que ignoras los mandatos de los emperadores, que ordenan sacrificar a los dioses?

J: Non ignoro quidem; sed ego christianus sum et hoc facere non possum quod uis. Nec enim me oportet Deum meum uerum et uiuum obliuisci
No los ignoro, ciertamente; pero soy cristiano y no puedo hacer lo que quieres. Porque no conviene que yo me olvide de Dios verdadero y vivo.

P: Quid enim graue est turificare et abire?
Pues, ¿qué mal hay en echar unos granos de incienso y marcharse?

J: Non possum praecepta diuina contemnere et infidelis apparere Deo meo. Etenim in uana militia quando uidebar errare, in annis XXVII nunquam tamquam scelestus aut litigiosus oblatus sum iudici. Septies in bello egresus sum, et post neminem retro steti ne alicuius inferior pugnaui. Princeps ne non uidit aliquando errare, et modo putas me, qui in prioribus fidelis fueram repertus in melioribus infidelem posse inueniri?
Centurión y legionario romanos de la Legión VII
Yo no puedo despreciar los mandamientos divinos y aparecer infiel a mi Dios. Y, efectivamente, cuando yo seguía el error de la vana milicia, jamás, en veintisiete años, hube de comparecer ante tribunal alguno por criminal y pendenciero. Siete veces salí a campaña, y nunca me quedé a la zaga de nadie, ni combatí con menos denuedo que el más valiente. Jamás me vio el príncipe cometer una perfidia. ¿Y quieres tú ahora que, después de mostrarme leal en lo menos, pueda yo ser un traidor en lo más?

P: Quam militiam gessisti?
¿Qué milicia has seguido?

J: Sub arma militiae, et ordine meo egresus ueteranus. Semper timens Deum qui fecit caelum et terram colui, cui etiam nunc exhibeo seruitutem.
He seguido las armas, y a mi debido tiempo me licencié como veterano. Temiendo siempre a Dios que hizo el cielo y la tierra, le he tributado culto, y ahora le sigo ofreciendo mi servidumbre.

P: Iuli. uideo te sapientem uirum et grauen. Inmola ergo diis persuasuas a me, ut remunerationem magnam consequaris.
Julio, veo que eres hombre prudente y grave. Hazme, pues, caso a mí e inmola a los dioses, a fin de alcanzar una grande remuneración.

J: Non facio queae desideras, ne incurram in poenam perpetuam.
No hago lo que dices por temor a incurrir en pena eterna.

P: Si putas esse peccatum, me assequatur. Ego tibi uim facio, ne uidearis uoluntate adquieuisse. Postea uero securus uadis in domum tuam, accipiens decennalium pecuniam, et de cetero nemo tibi erit molestus.
Si piensas que ello es un pecado, yo cargo con él. Yo soy quien te hago fuerza, para que no parezca que voluntariamente cedes. Luego te vas tranquilo a tu casa, recibes el dinero de las fiestas decenales, y nadie, se ha de meter contigo.
Me imagino la cara que pondría Julio al escuchar tal superchería. Él era un veterano que había luchado con honor y dignidad bajo las águilas del imperio y ahora defendía con la misma firmeza su libertad de conciencia. Aún quedaban romanos con virtudes republicanas, en medio de la decadencia de Roma. No le queda más que recordar a Máximo su deber de funcionario público. Sigamos con el juicio:
J: Neque pecunia haec Satanae neque tua subdola persuasio priuare me potest a lumine aeterno. Deum enim negare non possum. Da itaque sententiam aduersum me quasi aduersus christianum.
Ni ese dinero de Satanás ni tu astuta persuasión podrán privarme de la luz eterna. Da, pues, sentencia contra mí, como contra un cristiano.

Estampa italiana de San Julio Mártir
P: Nisi fueris regalibus praeceptis, deuotus et sacrifucaueris, caput tuum amputabo.
Si no acatas los mandatos imperiales y sacrificas, te haré cortar la cabeza.

J: Bene cogitasti. Obsecro itaque te, pie praeses, per salutem regum tuorum, ut compleas cogitationem tuam et des in me sententiam, ut perficiantur uota mea.
Muy bien los has pensado. Yo te ruego, pues, piadoso presidente, por la salud de tus emperadores, que lleves a cabo tu pensamiento y pronuncies sentencia contra mí, y se cumplan así mis deseos.

P: Si non poenitueris et sacrificaueris, desiderio tuo traderis.
Si no te arrepientes, seguro que se cumplirán.

J: Si hoc moruero pati, perpetua me laus manebit.
Si esto mereciere sufrir, eterna gloria me espera.

P: Suadetur tibi; nam si pro patriae legibus patereris, haberes perpetuam laudem.
Así te lo imaginas. Como alcanzarias gloria eterna sería sufriendo por las leyes de la patria.

J: Pro legibus certe haec patior, sed pro diuinis.
Por las leyes, no hay duda que sufro; pero es por las leyes divinas.
Luego de una breve discusión teológica sobre la salvación, que estaba fuera del alcance intelectual de Máximo, éste dicta sentencia:
...Sic Maximus praeses dedit sententiam, dicens: Iulius, nolens praeceptis regalibus adquiescere, capitalem accipiat sententiam.
...Así el presidente Máximo dió la sentencia, diciendo: Julio, que se ha negado a obedecer a los edictos imperiales, sufra pena de muerte.

A la salida del tribunal, el público asistente lo besaba. Julio, igual de duro les dice: Unusquique uideat qualiter osculetur (Que cada uno vea la intención con que me besa).
Isichius autem ductus christianus cum esset miles et ipse cutodiretur, dicebat sancto martyri: Obsecro te, Iuli, cum gaudio comple pollicitationem tuam et accipe coronam quam Dominus confitentibus se dare repromisit, et memor esto mei, nam et ego sequar te. Plurimum etian saluta, posco, fratrem Valentionem famulum dei, qui nos iam per bonam confessionen praecessit ad Dominum.

Mapa de la ubicación de Durostorum,
hoy Silistra, Bulgaria
Había entre los asistentes un tal Isiquio, soldado cristiano, también preso, que le dijo al santo mártir: Yo te ruego, Julio: cumple con gozo tu promesa y recibe la corona que el Señor ha prometido dar a los que lo confiesan, y acuérdate de mi, que te he de seguir muy pronto. Saluda también de mi parte, con todo afecto, te ruego, a nuestro hermano Valentión, siervo de Dios, que por su buena confesión nos ha tomado la delantera camino del Señor.


Julio, por su parte, habiendo besado a Isiquio, le dijo: Festina, frater, uenire. Mandata autem tua ille quem salutasti. (Date prisa, hermano en venir. Tus encargos los recibirá el que tú saludas).

Y tomando el pañizuelo, se ató él mismo los ojos y tendió el cuello...
¿Qué era lo que le quedaba a Julio luego de 27 años de servicio? Pocos bienes materiales y sus principios indoblegables. Así es como la gente digna y honorable debe actuar en la defensa de su libertad de conciencia y principios, sean políticos, religiosos o de otra índole. Nada de complacencias con los tiranos; con firmeza y rectitud.
Los romanos, que a pesar de su decadencia seguían siendo gente seria, sentían repugnancia por la persecución desatada por Diocleciano contra los cristianos, por insistencia de Galieno (coemperador), que comenzó con la depuración del ejército y la administración pública. Todos conocían, tenían un pariente o un amigo cristiano, a quien apreciar. Debió ser desagradable y triste para muchos.
El oráculo de Apolo en Didima habría dicho que "los impíos de la tierra impedían a Apolo dar consejos". Esos impíos no eran otros sino los cristianos que se negaban a adorar otros dioses. El Edicto de Diocleciano se hizo público el 24 de febrero de 203. A Diocleciano sucedió Constancio Cloro, padre de Constantino. En 213 Constantino y Licinio, triunfantes luego de la batalla de Puente Milvio, promulgaron el Edicto de Milán dando libertad de culto al cristianismo.

Martirio de Marcelino y compañeros, bajo Diocleciano...
Tempore persecutionis, quando gloriosa certamina fidelibus oblata perpetua promissa expectebant accipere...

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